Estas eran las condiciones de contratación:
Contrato de Maestras en 1923
Este es un acuerdo entre la señorita ……………………………………………… maestra, y el Consejo de Educación de la Escuela ………………………………………………… por el cual la señorita ………………………………. acuerda impartir clases durante un período de ocho meses a partir del …………………………. de septiembre de 1923. El Consejo de Educación acuerda pagar a la señorita …………………………………… la cantidad de (*75) mensuales.
La señorita ……………….. acuerda:
- No casarse. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa.
- No andar en compañía de hombres.
- Estar en su casa entre las 8.00 de la tarde y las 6.00 de la mañana, a menos que sea para atender función escolar.
- No pasearse por heladerías del centro de la ciudad.
- No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin permiso del presidente del Consejo de Delegados.
- No fumar cigarrillos. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
- No beber cerveza, vino ni whisky. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encuentra a la maestra bebiendo cerveza, vino y whisky.
- No viajar en coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
- No vestir ropas de colores brillantes.
- No teñirse el pelo.
- Usar al menos dos enaguas.
- No usar vestidos que queden a más de cinco centímetro por encima de los tobillos.
- Mantener limpia el aula:
a) Barrer el suelo al menos una vez al día.
b) Fregar el suelo del aula al menos una vez a la semana con agua caliente.
c) Limpiar la pizarra al menos una vez al día.
d) Encender fuego a las 7.00, de modo que la habitación esté caliente a las 8.00 cuando lleguen los niños.
- No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.
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